SOCIEDAD
26 de octubre de 2025
DE CUÁNTO ES LA MULTA SI NO FUI A VOTAR: QUÉ PASA Y CÓMO JUSTIFICAR

ESTE DOMINGO A LOS COMICIOS SE PRESENTÓ APROXIMADAMENTE EL 60% DEL PADRÓN ELECTORAL. MÁS DE 12 MILLONES DE ARGENTINOS NO VOTARON. QUÉ SUCEDE SI NO VOTÉ.
26/10/2025 - 19:10 hs | Actualizado 19:14 hs
El Código Electoral Nacional establece multas para quienes, siendo mayores de 18 y menores de 70 años, no concurran a votar y no justifiquen su ausencia dentro de los 60 días posteriores a la elección. Las sanciones económicas varían entre $50 y $500, según el número de infracciones acumuladas: $50 por la primera falta, $100 por la segunda, y así sucesivamente. Los infractores serán incorporados al Registro de Infractores al Deber de Votar. Es importante recordar que el voto es universal, igual, secreto, libre y obligatorio en Argentina.
Quienes no hayan podido asistir a votar por causas justificadas (como enfermedad o encontrarse a más de 500 kilómetros del lugar de votación) disponen de un plazo de 60 días hábiles para presentar la documentación que respalde su ausencia ante la Justicia Electoral. El trámite puede realizarse de forma digital a través del Registro de Infractores, cargando certificados médicos o constancias policiales. Una vez validada la información, el ciudadano queda exento de sanciones y su nombre es eliminado del registro.
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