Viernes 29 de Marzo de 2024

PROVINCIAL

23 de mayo de 2020

En qué consiste volver a la fase 3: las actividades que que serán nuevamente restringidas

El pasado 9 de mayo Jorge Capitanich anunciaba que Chaco pasaba a la fase 4 de la cuarentena, determinación que se tomó ante los índices positivos de la provincia respecto al avance del coronavirus.

“Pretendemos sostener estos indicadores con el objeto de entrar en una fase 5 de la nueva normalidad”, había manifestado en aquel momento el mandatario provincial. Lamentablemente eso no sucedió, crecieron los contagios en la provincia, sobre todo en el Gran Resistencia luego del brote en el barrio Gran Toba y ahora se da un paso para atrás.

 

 

 

Capitanich confirmó que la provincia regresa a la fase 3, lo que significa que las últimas actividades flexibilizadas estarán nuevamente restringidas.

 

 

Desde ya el transporte público estará suspendido hasta junio, algo que ya se había confirmado el último jueves. Es “una fuente de contagio”, consideró el gobernador.

 

 

Además, el 9 de mayo Capitanich había indicado que comenzarían a trabajar con el objetivo de luego de la apertura de los clubes, la posibilidad de organización de torneos en un plazo extremadamente reducido hasta noviembre/diciembre. Serán torneos atípicos pero se intentará generar un cronograma si las condiciones lo permiten”, explicó. Eso, por el momento, quedará en stand by.

 

 

Así fue la situación de la provincia en la fase 3:

 

 

Continúan las restricciones de ingreso y egreso a la provincia (control en puntos limítrofes provinciales) y la clasificación de localidades por situación epidemiológica.

 

 

En las zonas críticas de la provincia (Resistencia, Fontana, Barranqueras, Vilelas), donde hay circulación viral del virus, son varias las flexibilizaciones que vuelven atrás.

 

 

- El sistema de delivery volverá a ser hasta las 23.

 

 

- Actividades comerciales, industriales, de construcción y productivas de bienes y servicios: se mantienen y ratifican las habilitaciones y restricciones actuales en los términos del Decreto N°488/2020.

 

 

- Hoteles: se permite par alojamiento de personas que requieran por recomendaciones médicas o que presten servicios esenciales. Lavaderos: con asignación de turnos.

 

 

- Ladrillerías / Albañileria / Pinturería: como actividades complementarias a obra pública y privada especialmente habilitada.

 

 

- Peluquerias / barberías / afines: con habilitación de municipio local /asignación de turnos.

 

 

-Servicios profesionales: con reducción horaria / turnos/ sin salas de espera.

 

 

 

-Obra Privada:

 

* Edificios no habitados

 

* En forma progresiva, iniciándose con no mas de 25 obras.

 

* Horario reducido: de 7 a 14 hs.

 

* Reducción de obreros

 

* Sin uso de transporte público

 

* Turnos rotativos

 

* Suspensión de tareas cada 3 horas para higienización de ambientes y personal. El porcentaje de población involucrada en las actividades que se habiliten como excepción no puede superar el cincuenta por ciento (50%).

 

 

 

-Circulación:

 

 

* Se mantiene restricción horaria.

 

* Reducción de transporte público.

 

*Medidas de circulación vehicular por día y alternancia de acuerdo al número de dominio/patente establecidas por el Decreto N°488/2020.

 

* Protocolos estrictos para circulación en el micro y/o macro centro de las ciudades.

 

 

- Nuevamente quedarán suspendido el trabajo en casas particulares.

 

 

 

Decreto 488/2020 by Diario Chaco on Scribd

 

Por su parte, en el resto de las localidades, las No críticas, así serán las nuevas restricciones.

 

 

-Actividades comerciales, industriales, de la construcción (pública y privada) y productivas de bienes y servicios: las actividades se habilitan con protocolos sanitarios sujetas a la debida fiscalización local respecto al cumplimiento de los protocolos para el funcionamiento de actividades permitidas. Las actividades habilitadas podrán comprender:

 

 

* Comercios no esenciales: Se requerirá la implementación de protocolos especiales de seguridad sanitaria bajo fiscalización estricta de la autoridad sanitaria provincial y municipal, debiendo garantizarse las medidas sanitarias y generales de distanciamiento social, quedando expresamente prohibida la concentración de personas y/o clientes con intervalos suficientes entre los mismos a efectos de sanitización de los ambientes, propiciándose a tal fin la atención por turnos previamente asignados e incentivando de uso de plataformas digitales.

 

 

* Oficios y emprendimientos independientes o familiares:

 

 

* Lavaderos, ladrillerias, albañilería, pinturerías, peluquerías, barberías: Se requerirá la aplicación de protocolos específicos para el desarrollo de oficios y talleres independientes habilitados, debiendo generarse la movilidad de las personas afectadas a dichas actividades por medios propios, recomendándose la abstención de utilización de transporte público.

 

 

* Obras privadas- Edificios y obras de menor envergadura: Se requerirá la implementación de protocolos especiales. Deberá preferentemente tratarse de obras deshabitadas, o de menor envergadura, con reducción de cantidad de obreros, determinándose el número de personal afectado según la superficie de la obra, con reducción de turnos, evitando la utilización del transporte público.

 

 

* Servicios profesionales: Se requerirá la implementación de protocolos especiales, bajo fiscalización estricta de la autoridad sanitaria provincial, municipal y colegios o entidades profesionales, debiendo garantizarse las medidas sanitarias y generales de distanciamiento social, quedando expresamente prohibida la concentración de personas y/o clientes propiciándose a tal fin la atención por turnos previamente asignados, con intervalos suficientes entre los mismos a efectos de sanitización de los ambientes.

 

 

* Hoteles: solo se permite la ocupación del cincuenta por ciento (50%) de la capacidad de cada hotel, residencial o unidad de alojamiento, debiendo garantizarse ese espacio por piso y por habitación, debiendo garantizarse el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad vigentes, buenas prácticas de sanitización e higiene, y demás medidas que se prevean en el protocolo específico de funcionamiento.

 

 

- Entre localidades críticas y no críticas: no se permitirá el arribo, tránsito o transporte de personas provenientes de localidades caracterizadas como críticas. La circulación solo estará habilitada en rutas y caminos debidamente indicados por la autoridad provincial en materia de regulación de transporte. No podrán realizar paradas dentro de las localidades no críticas salvo en lugares de descanso y estaciones habilitadas en los límites de los ejidos municipales.

 

 

- Nuevamente quedarán suspendido el trabajo en casas particulares.

 

 

- Además, no se permitirán las actividades deportivas, ni siquiera las que no implique aglomeración de personas.

 

 

- Transporte de carga: Es habilitado con determinación de postas o centros de descarga ubicados fuera de los ejidos municipales.




 

Fuente: diariochaco.com



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