NACIONALES
5 de noviembre de 2025
EL GOBIERNO HABILITÓ LA COMPRA DE FUSILES SEMIAUTOMÁTICOS PARA CIVILES CON REQUISITOS ESTRICTOS

LA RESOLUCIÓN OFICIALIZA UN CAMBIO PROFUNDO EN EL RÉGIMEN DE ARMAS, REEMPLAZANDO LA ANTIGUA PROHIBICIÓN POR UN SISTEMA DE USO CONDICIONAL Y CONTROL FOCALIZADO A CARGO DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS (RENAR).
El gobierno de Javier Milei oficializó una resolución que autoriza la compra y tenencia de fusiles semiautomáticos por parte de civiles en el Argentina, bajo un régimen de uso condicional y control estricto.
Esta medida, publicada en el Boletín Oficial, modifica la antigua prohibición vigente desde la década de los noventa.
La reforma permite a los legítimos usuarios y entidades de tiro adquirir fusiles o subametralladoras semiautomáticas derivadas de modelos militares, alimentadas por cargadores removibles y con un calibre superior al .22 LR.
La norma busca sustituir la prohibición total por un sistema de control focalizado, priorizando la justificación deportiva y la trazabilidad del armamento.
La Agencia Nacional de Materiales Controlados pasa a denominarse Registro Nacional de Armas (RENAR), quedando bajo la órbita del Ministerio de Seguridad.
Requisitos Estrictos para la Obtención del Permiso
Para acceder a este tipo de armamento, los solicitantes deberán cumplir con varias condiciones estrictas:
Identificación del Arma: Acreditar la marca, modelo, calibre, CUIM y número de serie del arma de forma precisa.
Almacenamiento Seguro: Contar con un sector de guarda tipo G2, un sistema de almacenamiento seguro aprobado.
Declaración Jurada: Presentar una declaración jurada justificando la solicitud, con documentación y fotografías del arma.
Abono de Tasa: Pagar la tasa correspondiente, equiparable al costo de la "Tenencia Exprés" y la Tarjeta de Consumo de Municiones (TCCM).
Uso Deportivo Comprobado:Demostrar uso deportivo mediante certificación de una entidad de tiro, participación en competencias o solicitud de uso institucional.
Antecedentes:No poseer antecedentes sancionatorios ni trámites pendientes ante el RENAR.
Antigüedad: Tener al menos cinco años de antigüedad como legítimo usuario de armas de uso civil condicional.
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